SANTO DOMINGO.-La Junta Central Electoral, tiene a bien, en virtud de lo que establece el artículo 211 de la Constitución de la República, los artículos 210 y 211 de la Ley No. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral y la Resolución No. 38-2023 de fecha 15 de agosto de 2023, que regula la participación de funcionarios públicos en el período de la campaña electoral de cara a las elecciones ordinarias generales del año 2024, reiterar que durante esta etapa de la campaña electoral están prohibidas las siguientes actividades y, por consiguiente, se ordena la suspensión, a partir de este lunes 6 de mayo y hasta concluidas las elecciones del domingo 19 de mayo de 2024, de cualquier acto o actividad que pudiera constituir una violación a las mismas:
1-La ejecución de planes de apoyo social o comunitario extraordinarios a cargo de las instituciones de la Administración Pública Central y las entidades públicas autónomas y descentralizadas.
2-El otorgamiento de bonos económicos por parte de estas instituciones.
3-La entrega de tarjetas y beneficios especiales en favor de personas bajo cualquier modalidad.
4-El otorgamiento de pensiones por parte de dichas instituciones.
5-El aumento de la nómina en la Administración Pública Central y las entidades públicas autónomas y descentralizadas.
6-La publicidad de las instituciones de la Administración Pública Central y las entidades públicas autónomas, descentralizadas y las alcaldías, que contenga elementos que promuevan directa o indirectamente a candidatos y candidatas que estén compitiendo en los niveles de elección que se disputarán en las elecciones.
7-Cualquier tipo de propaganda política que esté colocada en edificios de instituciones públicas.
Las presentes medidas tienen como propósito, garantizar la equidad en la contienda electoral y procurar que todos los candidatos y candidatas puedan contar con iguales condiciones de competición.
República Dominicana obtiene ...
Durante la competición, el país también recibió la copa al mejor avance l